Desde este artículo queremos dar alguna información que iremos completando en próximos días para dar a conocer, aunque sea básicamente, la Unión de Plazas de Toros Históricas a la que nuestro pueblo pertenece desde el pasado día 21 de Febrero, aprobado en su Asamblea General celebrada ese día.
¿Qué es la Unión de Plazas Históricas?
Con la denominación de UNIÓN DE PLAZAS DE TOROS HISTÓRICAS, se constituye una Entidad que se acoge a lo dispuesto en la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Careciendo de ánimo de lucro.
¿Qué se entiende por Plaza de Toros Histórica?
Se define cómo Plaza de Toros Histórica, aquella que:
a) Fue construida expresamente para la celebración de Festejos Taurinos.
b) Su año de construcción/inauguración sea anterior al año 1800, o en su defecto, que la Asamblea General de la Unión de Plazas de Toros Histórica considere que tiene los condicionamientos históricos necesarios para poder formar parte de esta Entidad.
c) Que actualmente se la esté utilizando para los fines que fue construida, independientemente de que también se pueda destinar a otro uso de promoción cultural, histórica o artística.
d) Haya sido y esté declarada Bien de Interés Cultural, Artístico, Histórico, Monumental, etc. por entidad pública competente, o en su defecto, que a juicio de la Asamblea General de la Unión de Plazas de Toros Histórica tenga los condicionantes históricos, artísticos, turísticos . etc. para ser admitida en el seno de la misma.
¿Qué fines u objetivos persigue esta Asociación?
a) La Unión de las Plazas Históricas, en aras a realizar promociones conjuntas, con unificación de actividades, intercambio de ideas e iniciativas, desarrollo de proyectos, etc. de forma que sea la sociedad la beneficiaria del Patrimonio Histórico y Cultural de dichas Plazas.
b) Promocionar la Fiesta Nacional y Cultura Taurina, fomentar su afición, y prestar ayuda a los aspirantes a toreros, para que lleguen a realizar sus aspiraciones.
c) Promocionar cultural, histórica y turísticamente, las Plazas de Toros de las ciudades pertenecientes a ésta UNIÓN y por extensión, las propias ciudades.
Para el cumplimiento de lo anterior, se realizarán reuniones periódicas con propuestas de nuevas ideas e iniciativas, como son:
- Organización de actos culturales: Conferencias, exposiciones, coloquios, etc.
- Fiestas camperas, homenajes, comparecencias, etc.
- Publicaciones históricas, culturales, turísticas, etc. de las Plazas de Toros y de sus respectivas ciudades.
- Organización y patrocinio de otros actos, no mencionados en estos Estatutos, relacionados con los Festejos Taurinos, Plazas de Toros Históricas y las ciudades que las albergan.
Con la denominación de UNIÓN DE PLAZAS DE TOROS HISTÓRICAS, se constituye una Entidad que se acoge a lo dispuesto en la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Careciendo de ánimo de lucro.
¿Qué se entiende por Plaza de Toros Histórica?
Se define cómo Plaza de Toros Histórica, aquella que:
a) Fue construida expresamente para la celebración de Festejos Taurinos.
b) Su año de construcción/inauguración sea anterior al año 1800, o en su defecto, que la Asamblea General de la Unión de Plazas de Toros Histórica considere que tiene los condicionamientos históricos necesarios para poder formar parte de esta Entidad.
c) Que actualmente se la esté utilizando para los fines que fue construida, independientemente de que también se pueda destinar a otro uso de promoción cultural, histórica o artística.
d) Haya sido y esté declarada Bien de Interés Cultural, Artístico, Histórico, Monumental, etc. por entidad pública competente, o en su defecto, que a juicio de la Asamblea General de la Unión de Plazas de Toros Histórica tenga los condicionantes históricos, artísticos, turísticos . etc. para ser admitida en el seno de la misma.
¿Qué fines u objetivos persigue esta Asociación?
a) La Unión de las Plazas Históricas, en aras a realizar promociones conjuntas, con unificación de actividades, intercambio de ideas e iniciativas, desarrollo de proyectos, etc. de forma que sea la sociedad la beneficiaria del Patrimonio Histórico y Cultural de dichas Plazas.
b) Promocionar la Fiesta Nacional y Cultura Taurina, fomentar su afición, y prestar ayuda a los aspirantes a toreros, para que lleguen a realizar sus aspiraciones.
c) Promocionar cultural, histórica y turísticamente, las Plazas de Toros de las ciudades pertenecientes a ésta UNIÓN y por extensión, las propias ciudades.
Para el cumplimiento de lo anterior, se realizarán reuniones periódicas con propuestas de nuevas ideas e iniciativas, como son:
- Organización de actos culturales: Conferencias, exposiciones, coloquios, etc.
- Fiestas camperas, homenajes, comparecencias, etc.
- Publicaciones históricas, culturales, turísticas, etc. de las Plazas de Toros y de sus respectivas ciudades.
- Organización y patrocinio de otros actos, no mencionados en estos Estatutos, relacionados con los Festejos Taurinos, Plazas de Toros Históricas y las ciudades que las albergan.